En estos días, los compañeros del Cuerpo de Auxilio Judicial que accedieron por la convocatoria del año 2010 y que sacaron la plaza con posterioridad al 1 de enero de 2011, están recibiendo una comunicación del Centro de Estudios Jurídicos -CEJ- en la que se les informa de un error de encuadramiento en el Régimen General de la Seguridad Social, y la subsanación de dicho error.
Como sabéis, a partir del 1 de enero de 2011 todos aquellos compañeros que entran como titulares, se les encuadra en el Régimen General de la Seguridad Social (RGSS), a los únicos efectos de la jubilación, puesto que para todas las demás prestaciones del sistema de la Seguridad Social (por ejemplo la asistencia sanitaria o la prestación por baja médica) están en la Mutualidad General Judicial.
En el momento de realizar las prácticas en el CEJ y en los órganos judiciales como funcionarios en prácticas, el CEJ cometió un error, encuadrando a esos compañeros no en el RGSS como debía, sino en clases pasivas (el régimen de la jubilación de los que han accedido a Justicia con anterioridad al 1 de enero de 2011), como venía siendo hasta entonces. Una vez que finalizaron las prácticas y tomaron posesión como funcionarios titulares, el Ministerio sí les encuadró correctamente en el RGSS. Hay que recordar que el Ministerio y el CEJ son dos organismos distintos, aunque el CEJ dependa del Ministerio y parezca que es lo mismo, no lo es a efectos de abono de nómina, servicios prestados, etc.
En aquel momento ya advertimos al Ministerio y al CEJ de dicho error, y tras el paso del tiempo el CEJ ha venido a subsanarlo. Por lo tanto, aquel error de encuadre y las consiguientes cotizaciones sociales durante el período de prácticas ya está subsanado y debe aparecer en la vida laboral del funcionario, que expide la Seguridad Social.