El Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, que una vez aprobado por las Cortes y entrado en vigor, supondrá que los funcionarios públicos no tengamos la obligación de acudir con representación en la jurisdicción contencioso administrativa en defensa de derechos estatutarios, cuando se refieran a cuestiones de personal.
Está recogido en la disposición final tercera de dicha norma, que añade un nuevo apartado a la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, cuyo contenido literal es el siguiente:
Disposición final tercera. Modificación de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Se añade un nuevo apartado 3 al artículo 23:
"3. Podrán, no obstante, comparecer por sí mismos los funcionarios públicos en defensa de sus derechos estatutarios, cuando se refieran a cuestiones de personal que no impliquen separación de empleados públicos inamovibles."