El Consejo de Ministros ha aprobado el Anteproyecto de Ley de Jurisdicción Voluntaria, por el que secretarios judiciales, notarios y registradores adquieren competencias hasta ahora exclusivas de los jueces. Según el Ejecutivo, la norma pretende sistematizar la dispersa normativa existente en la materia, así como "simplificar y actualizar los procedimientos en aquellos asuntos en los que no hay controversia pero en los que sí se necesita que intervenga un órgano judicial para la tutela de determinados derechos e intereses relativos al Derecho civil y mercantil".
El texto aprobado distingue entre lo que es propiamente jurisdicción voluntaria, en la que los expedientes son tramitados en sede judicial por jueces o secretarios judiciales (detallados en los 130 artículos del Anteproyecto), y aquellos otros asuntos que pasarán a ser expedientes notariales y registrales. Estos se regularán en otras leyes (según se establece en las disposiciones adicionales del texto) y son encomendados a notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.