El Tribunal Supremo ha anulado por amplia mayoría el artículo del Reglamento de la Carrera Judicial que permitía a los jueces y magistrados obtener una licencia parcial por enfermedad cuando la dolencia le impidiera ejercer al ritmo habitual. Este permiso daba lugar a la reducción de horas en su jornada laboral o a la disminución de la carga de trabajo.
La sentencia, firmada por 37 magistrados de lo Contencioso, considera que el órgano de gobierno de los jueces se extralimitó al no estar prevista esta "novedosa" figura en la Ley Orgánica del Poder Judicial ni en normativa alguna relativa a la función pública.
Los magistrados recuerdan que la Ley Orgánica del Poder Judicial solo contempla la licencia por enfermedad que impide asistir al despacho y añade que también "carece de cobertura legal" el régimen económico de las licencias parciales por enfermedad.