La presente instrucción será de aplicación al personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia comprendido en el artículo 470 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, del ámbito territorial gestionado por la Comunidad Autónoma de Cantabria, en situación de incapacidad temporal (IT) por contingencias comunes, a efectos del reconocimiento del complemento para alcanzar el cien por cien de las retribuciones que vinieran disfrutando, según lo establecido en el párrafo séptimo del artículo 504.5 de la citada ley orgánica.