Conforme a lo dispuesto en la Orden PRE/3/2009, de 26 de enero, en su artículo 4 punto 1, durante el período comprendido entre el 16 de junio y el 15 de septiembre se establece una jornada intensiva en los términos siguientes: treinta y dos horas y treinta minutos semanales a desarrollar, de lunes a viernes entre las siete treinta y las veinte horas, con obligada presencia durante el horario de audiencia pública que se fije al amparo del artículo 188 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
En cualquier caso, habrá de respetarse lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Civil y demás normas procesales, respecto a la presentación de escritos sometidos a término, garantizándose la asistencia de los funcionarios precisos para realizar esas funciones hasta las 15 horas.