Se da comienzo a la fase de concurso y se establece un plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación del acuerdo, para presentar la documentación acreditativa, únicamente de los méritos indicados en el apartado B (Historial Profesional) del baremo contenido en el Anexo I-B de la orden de convocatoria.
Los demás méritos a los que se refieren los apartados A, C y D del Anexo I-B, el Ministerio en colaboración con las comunidades autónomas con competencias transferidas, comenzará a incorporarlos al expediente de los opositores que han superado la fase de oposición. Además de la documentación aportada, deberá remitirse cumplimentada la ficha de autobaremación de méritos (Anexo III).
Anexo I - Relación aprobados 3º ejercicio
Anexo II - Relación opositores que superan fase de oposición